De lo extremo a lo imposible: los efectos de la pandemia provocada por el virus SARS-CoV-2 en los derechos a la salud, la vida y la integridad de las mujeres privadas de libertad en Santa Martha Acatitla, México
Revista
Estudios Avanzados 35,
diciembre 2021: 1-15. DOI
10.35588/estudav.v0i35.5320 ISSN 0718-5014
De lo extremo a lo imposible: los efectos de la pandemia provocada por el virus SARS-CoV-2
en los derechos a la salud, la vida y la integridad de las mujeres
privadas de libertad en Santa Martha Acatitla, México
From the Extreme to the Impossible: Effects of the Pandemic Provoked by the Virus SARS-CoV-2
on
the Rights to Health, Life, and Integrity of Incarcerated Women in Santa Martha Acatitla, Mexico
Gladys Fabiola Morales Ramírez[1]
Resumen
Nos situamos en
literatura especializada en encarcelamiento femenino, a fin de contribuir con
reflexiones en torno a los impactos de la pandemia provocada por el virus
SARS-CoV-2 en las condiciones penitenciarias y los derechos de las mujeres
privadas de libertad. En particular, el estudio evalúa los impactos de la
pandemia en el Centro Femenil de Readaptación Social Santa Martha Acatitla,
ubicado en Ciudad de México, el cual cuenta con una capacidad
instalada para albergar a 1.581 mujeres. Analizamos las acciones implementadas por las autoridades del Estado
mexicano durante la pandemia y las estrategias de resistencia desarrolladas por
ellas mismas; aunque se trata de una investigación de carácter exploratorio,
los hallazgos revelan que en medio de la pandemia prisiones como Santa Martha
Acatitla se han convertido en un espacio que desafía todo lo que concebimos
como digno y humano.
Palabras clave: Covid-19, mujeres en prisión,
perspectiva de género, justicia.
Abstract
This paper draws from the literature about feminine incarceration and contributes with reflections about the impacts of the pandemic provoked by the virus SARS-CoV-2 upon prison conditions and the human rights of incarcerated women. In particular, this paper assesses the impacts of the pandemic in Santa Martha Acatitla, a prison located in Mexico City and with an installed capacity for 1.581 women, analyzing the measures adopted by Mexican authorities to protect the rights of incarcerated women and the resistance strategies developed by them in emergency contexts. Even though the research is exploratory, the findings reveal that Mexican prisons have become spaces that challenge everything that is conceived as dignified and human.
Keywords: Covid-19,
women in prison, gender perspective, justice.
Introducción
Un año
después de la aparición del virus SARS-CoV-2, muchas personas alrededor del
mundo hemos perdido a seres queridos y experimentado la suspensión de las
actividades económicas, mientras vemos de qué manera se transforma el modo de
relacionamos. Como ocurre en cada país, en México la epidemia ha tenido sus
propios efectos sociales. Con el propósito de contener la propagación del
virus, el 24 de marzo de 2020 las autoridades sanitarias anunciaron el inicio
de la denominada Jornada Nacional de Sana Distancia que, entre otras medidas,
ordenaba la suspensión de clases presenciales, eventos masivos y otras
actividades consideradas “no esenciales”. La indicación para la ciudadanía fue
evitar los espacios públicos y las interacciones sociales; quienes tuvimos el
privilegio nos resguardarnos en casa, mientras que otras personas —enfermeras,
médicas, vigilantes, etc.— cuidaban de las y los enfermos, o bien otros oficios
que obligan a salir a las calles para garantizar el sustento familiar. Desde
los primeros meses fue evidente que las consecuencias directas e indirectas de
la pandemia no eran uniformes. Para algunas personas la emergencia sanitaria ha
representado una oportunidad para expandir los horizontes de convivencia,
innovar en las estrategias de trabajo y reflexionar sobre lo frágiles que somos
como especie. Pero otros sectores de la población solo han tenido tiempo para
buscar cómo sobrevivir ante el deterioro de sus fuentes de ingreso, el
incremento de la pobreza y los obstáculos para acceder a los servicios
esenciales.
La pretensión de
neutralidad con la que todavía algunos y algunas insisten en aproximarse a los
fenómenos sociales es insostenible en un contexto de emergencia como el que
vivimos en estos momentos, donde las desigualdades son más evidentes que nunca.
Una de las herramientas que nos ayudan a identificar los efectos diferenciados
de la pandemia es la perspectiva de género, con la cual observamos que las
madres trabajadoras han visto duplicadas o triplicadas las jornadas de trabajo
al asumir completamente el cuidado de sus hijos/as, las labores domésticas y el
apoyo económico de la familia ampliada, mientras tratan de cumplir con sus
responsabilidades laborales.[2] También en el contexto doméstico, las
organizaciones de derechos humanos han advertido que las denuncias por
violencia familiar y las solicitudes de medidas de protección para mujeres por
actos de violencia se han incrementado desde que comenzó la Jornada de Sana Distancia[3] y los propios juzgadores de la Ciudad de
México admiten que “es claro que las mujeres están más vulnerables al
permanecer encerradas 24/7 con sus agresores”.[4] En el ámbito laboral los despidos
provocados por la suspensión de las actividades económicas durante la pandemia
también afectan de manera diferenciada a las mujeres, quienes en muchos casos
son las principales responsables del sostén económico de sus familias y tienen
a su cargo a niños y niñas menores de edad (Olivares Alonso, 2021).
Así, podemos recorrer
cada espacio y grupo social, hasta llegar a las prisiones mexicanas, donde
habitan más de 10.611 mujeres en condiciones de alta marginación y
vulnerabilidad (INEGI, 2016). El presente artículo está dedicado a reflexionar
sobre el impacto que ha tenido la pandemia provocada por el virus SARS-CoV-2 en
la vida y los derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad en el
Reclusorio Femenil Santa Martha Acatitla, ubicado al oriente de la Ciudad de
México. Como se expondrá en el cuerpo del artículo, desde el inicio de la
epidemia la cárcel ha pasado de ser un espacio extremo para alcanzar los
límites de lo imposible; la escasa visita en los centros femeniles disminuyó
radicalmente, la pobreza es más profunda, las actividades educativas y laborales
se interrumpieron, la ayuda del exterior dejó de llegar, los procesos
judiciales se paralizaron. Existe angustia por la falta de información sobre la
evolución de la pandemia; el miedo al contagio es permanente y el encierro como
tal se intensificó.
Para articular las
experiencias indecibles que enfrentan las mujeres privadas de la libertad
durante la pandemia y “contagiarnos” de sus estrategias de supervivencia (Colectivo
Mujeres en Espiral, 2020), el estudio se desarrolla en tres apartados. Comenzamos
con la descripción de la estrategia metodológica para acercarnos a las mujeres
privadas de la libertad desde el confinamiento sanitario y las complicaciones
que enfrentamos al tratar de acceder a la información por medios oficiales. Los
resultados de la investigación se exponen en el segundo apartado, donde analizamos
los efectos sobre la vida, salud e integridad personal de las mujeres
encarceladas en Santa Martha Acatitla. Finalmente, el artículo concluye con un
pronunciamiento sobre los fines del encarcelamiento y el uso de las medidas
alternativas a la prisión en contextos de emergencia.
Maniobras
metodológicas para acercarnos a las mujeres privadas de la libertad, desde el
confinamiento y la sana distancia
En todo
estudio que pretende analizar las condiciones en las que se encuentran las
prisiones y las personas que habitan en ellas, el acceso a la información es
siempre un reto. Con el argumento de garantizar la seguridad dentro y fuera de
las prisiones, las autoridades suelen restringir el acceso a los centros de
reclusión para la realización de estudios sistemáticos y los registros públicos
por lo general son incompletos, contradictorios o poco confiables (Ramírez de
Garay, 2017). Para acercarse a la realidad de las prisiones, la academia y las
organizaciones de derechos humanos se han apoyado en encuestas (Azaola, 2007;
Pérez Correa, 2015) y otras herramientas de análisis social, como la entrevista
(Orozco Torres, 2014; Azaola y José, 1996), la etnografía (Salinas Boldo, 2019)
y las historias de vida (Azaola, 1996; Giacomello,
2013). Por parte del Colectivo Mujeres en Espiral, la aproximación al
encarcelamiento se ha logrado mediante el trabajo conjunto con las mujeres
privadas de la libertad, implementando estrategias de investigación/acción que
integran herramientas del arte, la pedagogía, la perspectiva de género y el
litigio estratégico. La presencia del Colectivo Mujeres en Espiral en el
CEFERESO Santa Martha Acatitla se mantuvo constante a lo largo de doce años; sin embargo, como
señalamos anteriormente, la pandemia nos sacó de la cárcel. Las acciones
implementadas por las autoridades mexicanas para contener los contagios del
Covid-19 nos confinaron a nuestros hogares y restringieron el ingreso a los
centros penitenciarios; en lugares como Santa Martha los familiares de las
reclusas podían visitarlas siguiendo estrictos protocolos, pero el ingreso de
colectivos y agrupaciones de la sociedad civil fue suspendido. Asimismo, los
mecanismos de acceso a la información pública permanecieron cancelados hasta el
primer semestre del 2021, de manera que no contábamos con canales oficiales
para conocer cómo afectó la pandemia la vida en las prisiones y cuáles medidas tomaron
las autoridades para proteger los derechos humanos de las personas que en ellas
habitan.
Lo que sabíamos al inicio de la pandemia y hasta finales del 2021 es que las medidas sanitarias provocaron que, de un día para otro, las mujeres privadas de la libertad en cárceles como Santa Martha Acatitla se quedaran sin el acompañamiento de las organizaciones de la sociedad civil, las asociaciones religiosas y otros colectivos que acuden cotidianamente a las prisiones para impartir cursos y talleres. También se reforzaron las medidas de seguridad para el ingreso de las personas que acuden como visita, lo que generó que muchas mujeres perdieran el contacto con sus familias, quienes en cada encuentro transportan los alimentos, ropa, productos sanitarios y otros insumos esenciales que el sistema penitenciario omite proveer. Al mismo tiempo, las reglas de los centros penitenciarios impiden que las internas se comuniquen con el exterior a través de recursos electrónicos, como el correo electrónico y los teléfonos celulares, profundizando el aislamiento. Los teléfonos que funcionan con tarjetas son el único medio para saber cómo se encuentran sus familiares o consultar a los abogados sobre los avances sus procesos judiciales, pero si no tienen dinero para comprar las tarjetas se quedan completamente incomunicadas. La consecuencia inmediata es que durante la pandemia las mujeres privadas de la libertad en México en general y en Santa Martha Acatitla en particular están más aisladas que nunca y justo por eso es urgente discutir sobre los impactos diferenciados de la llegada del virus SARS-CoV-2.
Para obtener información sobre qué estaba ocurriendo al interior de Santa Martha, implementamos dos estrategias metodológicas con fines exploratorios.[5] Por una parte, recuperamos diez testimonios por medio de llamadas telefónicas sostenidas con algunas de las mujeres internas, quienes colaboran desde hace años con el proyecto universitario Mujeres en Espiral y que se mantienen contacto con las integrantes del equipo. También consultamos a tres compañeras que recuperaron su libertad hace pocos años y que conocen cómo se vive la prisión en tiempos de emergencia. Si bien dichos testimonios no pueden considerarse representativos de todas las experiencias que viven las mujeres privadas de la libertad, en los meses más crudos de la pandemia en México fueron la única fuente de información a la que se tenía acceso, pues para muchas de las compañeras encarceladas las llamadas telefónicas fueron el único medio de contacto con el exterior.
La investigación
también incluyó una revisión de los informes, recomendaciones y boletines de
prensa publicados por la CNDH sobre las condiciones penitenciarias entre 2020 y
2021, documentos oficiales de la Secretaría de Salud y otras dependencias
públicas del gobierno federal y la Ciudad de México, las recomendaciones de
organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH),[6] las Oficinas en México de las Naciones
Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), la Organización Panamericana de la
Salud (OPS), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Alto Comisionado de
las Naciones Unidas para los Derechos Humanos;[7] informes y pronunciamientos públicos de
diversas organizaciones de la sociedad civil que se especializan en la
protección de los derechos de las personas privadas de la libertad, notas de
prensa publicadas en diferentes medios de comunicación, así como los acuerdos y
circulares emitidos por los poderes judiciales entre el 18 de marzo de 2020 y
el 15 de enero de 2021. En total, para la redacción de este artículo, se
consultaron treinta documentos de diferentes fuentes nacionales e
internacionales, veinte artículos y notas de prensa, cinco seminarios virtuales
convocados por las organizaciones de la sociedad civil y tres foros de
discusión donde participaron representantes de los poderes judiciales, los
cuales fueron transmitidos en redes sociales.
Finalmente, las reflexiones del presente artículo se nutren de la información contenida en una serie de documentales, fanzines y murales realizados en los doce años de trayectoria del proyecto Mujeres en Espiral; en particular, retomamos las evidencias reunidas para la elaboración del fanzine Cuerpos y anticuerpos: maniobras y otros contagios en tiempos de pandemia, publicado a mediados del 2020 con el apoyo del Instituto de Investigaciones Estéticas de la Universidad Nacional Autónoma de México.
Impactos de la pandemia en los derechos a la salud, la
vida y la integridad de las mujeres privadas de la libertad en Santa Martha
Acatitla
De todos los
sectores de la población que se han visto afectados por la emergencia sanitaria
y social provocada por el virus SARS-CoV-2, las personas privadas de libertad
se encuentran en una situación alarmante que demanda la intervención inmediata
de las autoridades. Desde los primeros meses del 2020, cuando los casos de
Covid-19 aún eran escasos, instancias internacionales como la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH),[8] la Organización de las Naciones Unidas
(ONU) y la Organización Mundial de la Salud (OMS)[9] se manifestaron para la despresurización de los
centros de reclusión y la adopción de medidas sanitarias excepcionales. En
respuesta, las autoridades mexicanas anunciaron una estrategia de liberación
anticipada con la aprobación de la Ley de Amnistía[10] y cada centro penitenciario adoptó las
medidas que consideró apropiadas para contener los contagios, en el marco del
Protocolo de Actuación para la Atención de Covid-19 en al interior de Centros
Federales de Reinserción Social, elaborado por la Secretaría de Salud y otras
áreas del Estado.[11]
Sin embargo, como
señalamos, hasta ahora la información oficial sobre las condiciones en las que
se encuentran los centros penitenciarios es limitada. No tenemos certeza sobre cuándo
ocurrieron los primeros brotes de contagio, cuántas personas privadas de la libertad han
sido liberadas, cuántas se han infectado con el virus, quiénes han fallecido y
en general cuáles han sido los resultados de las medidas sanitarias para
contener la propagación del Covid-19.[12] Ante la falta de certeza, las organizaciones de la
sociedad civil y algunos/as periodistas se han dado a la tarea de recabar
testimonios y otros datos relevantes para la documentación de potenciales casos
de responsabilidad estatal. Con este artículo nos sumamos a los esfuerzos para
comprender cuáles han sido los costos de la epidemia en los centros de
reclusión, sobre todo en el caso de las mujeres privadas de la libertad en el
CEFERESO Santa Martha Acatitla.
Según registros
oficiales, a inicios del 2021 las prisiones de Ciudad de México —Santa Martha
Acatitla y Tepepan— albergaban 1.379 mujeres. Si bien ellas representan solo el
6% del total de la población penitenciaria,[13] las desigualdades de género ocasionan que
resientan con mayor intensidad los impactos del asilamiento sanitario. En
México y en muchas regiones de Latinoamérica los servicios penitenciarios para
las mujeres privadas de la libertad son más precarios en comparación con los
varones (Pérez Correa, 2015; Rodríguez Blanco, 2015); ellas también enfrentan
al abandono de sus familias (Azaola, 2007), una visión estereotipada de los
programas de reinserción social (Romero García, 2020; Ramos Rodríguez, 2003) y el
ejercicio de la maternidad en condiciones de vulnerabilidad (Giacomello, 2018). En tiempos de emergencia estos problemas
se profundizaron, haciendo de la cárcel un lugar imposible.
Para acercarnos a lo
que está ocurriendo al interior de Santa Martha Acatitla, en los siguientes
párrafos analizaremos el impacto de la pandemia, partiendo del hecho que la
pena privativa de la libertad no anula los Derechos Humanos de la población
penitenciaria. Al respecto, la Constitución Mexicana y los tratados
internacionales en materia de Derechos Humanos establecen claramente que las
autoridades estatales tienen la obligación de garantizar los derechos de las
personas privadas de la libertad; sobre todo, el acceso a la salud, la vida y
la integridad personal.[14] Tales derechos son categorizados como intangibles,
porque la sanción penal no puede suspenderlos ni limitarlos y el Estado
adquiere una responsabilidad reforzada para asegurar que las personas
encarceladas vivan en condiciones dignas (Urpimny
Yepes y Guzmán, 2010).
Pero la distancia
entre los estándares normativos y la realidad de las prisiones es profunda (Noel
Rodríguez, 2004). En México los organismos de Derechos Humanos (CNDH, 2020)
han reconocido que las condiciones penitenciarias distan mucho de cumplir con
los estándares nacionales e internacionales, principalmente para las mujeres,
quienes cumplen su condena en instituciones organizadas desde una perspectiva
patriarcal y diseñadas para atender las necesidades primarias de los hombres
(Van Wormer, 2010; Covington y Bloom, 2003). En el
caso del Centro de Reinserción Social Santa Martha Acatitla, el Diagnóstico
Nacional de Supervisión Penitenciaria 2019 (CNDH, 2019) reportó avances en la
higiene y la infraestructura de las estancias en comparación con años
anteriores, pero también reveló serias deficiencias en las condiciones
materiales e higiene en el área médica, los talleres y las áreas deportivas,
así como en la calidad de la alimentación de las internas. Por su parte, el
Relator Especial de Naciones Unidas para la tortura reportó que en su visita a
Santa Martha Acatitla
las internas, incluyendo
las madres, viven en condiciones de hacinamiento, comparten colchones y viven
con escasez de agua y alimentación adecuada […] observó la falta de atención
médica ginecológica y psicológica especializada, así como falta de atención a
las necesidades higiénicas y biológicas femeninas” (ONU, 2014: 16).
Otro de los
problemas identificados en el sistema penitenciario mexicano es la falta de
acceso a la salud. En una encuesta realizada en 2006 en la Ciudad de México, el
35% de las y los internos afirmaron que no recibían atención médica cuando la
requerían (Azaola, 2007) y en Santa Martha las internas nos han compartido que
muchas veces los servicios de salud se reducen al suministro de analgésicos;
básicamente, “para todo te dan paracetamol”.[15] Cuando las circunstancias lo ameritan,
las autoridades penitenciarias autorizan trasladados al Centro de Reinserción
Social Tepepan, donde existen mejores condiciones para atender las
enfermedades, sobre todo en el área de psiquiatría. En otros casos, las internas
deben ser trasladadas periódicamente a un hospital público para recibir la
atención que necesitan; por ejemplo, Berenice, quien colabora desde hace años
con Mujeres en Espiral, padece una cardiopatía y acude al menos una vez al mes
su cita médica, lo que le toma todo el día, viaja esposada y bajo la vigilancia
de dos custodias.
Dentro del mismo
rubro, el acceso a medicamentos para atender enfermedades severas representa un
problema en el contexto penitenciario. En la encuesta realizada hace algunos
años por Elena Azaola (2007), más de la mitad de los internos señaló
que sus familiares se encargaban de llevarles las medicinas y los alimentos
necesarios para controlar enfermedades crónico degenerativas, como la diabetes,
el cáncer o el VIH-SIDA. Por estas razones, aún antes de la llegada del virus
SARS-CoV-2, enfermarse en la cárcel implicaba riesgos para la vida de las
mujeres privadas de la libertad.
Sumado a lo anterior,
la vida en prisión está vinculada a varios factores de riesgo relacionados con
el hacinamiento, la falta de servicios sanitarios, acceso al agua, una
alimentación inadecuada, el consumo de drogas y prácticas sexuales sin
protección. Sobre esto, la OMS ha enfatiza que las personas privadas de la
libertad son susceptibles al contagio del VIH/SIDA, la hepatitis C y otras
enfermedades de transmisión sexual. En el caso de Santa Martha Acatitla los
testimonios reunidos previo a la pandemia por el equipo de Mujeres en Espiral y
los diagnósticos anuales de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH,
2020) revelan que las mujeres encarceladas sufren infecciones por la
falta de acceso a productos de higiene durante los periodos menstruales,[16] la mala calidad del agua que les provoca
enfermedades de la piel y problemas gástricos relacionados con los alimentos de
baja calidad, sin dejar de lado las afectaciones psicológicas que, en las
situaciones más extremas, han terminado en suicidios.
Ahora bien, desde que
comenzó la pandemia todos los problemas que se registran en el entorno
carcelario se recrudecieron. Una de las medidas sanitarias que es imposible
cumplir cuando te encuentras en una prisión es el distanciamiento social. En
este país y en muchas otras partes del mundo, el principal problema de las
cárceles es el manejo del espacio; de hecho, un porcentaje significativo de las
personas privadas de la libertad viven en condición de hacinamiento. Los resultados
de la última Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (INEGI,
2016) revelaron que el 45.6% de las personas encarceladas en México compartió
su estancia con más de cinco personas, el 21.4% con hasta diez personas y el
12.9% con más de quince personas. Además, en ese mismo año el 12.5% de las y
los encuestados señalaron que debían compartir su cama con otras personas. Si
bien las prisiones femeninas suelen tener menores índices de sobrepoblación en
comparación con los reclusorios varoniles,[17] es poco factible que las autoridades
logren limitar la convivencia entre las internas. A inicios del 2021 la
Subsecretaría del Sistema Penitenciario de la Ciudad de México reportó que el
CEFERESO Santa Martha Acatitla se encontraba al 90.77% de su capacidad, pero aún así las mujeres privadas de libertad deben vivir en un
espacio reducido que comparten con otra interna, donde cocinan, descansan,
duermen y conviven con sus hijos e hijas.
Uno de los factores más
preocupantes es que durante la última década se ha registrado un incremento
acelerado de la población penitenciaria en México (Azaola y Bergman, 2017; Giacomello, 2013), tendencia que se mantiene durante la
emergencia sanitaria. Como se señaló, al inicio de la pandemia diversos organismos
internacionales recomendaron a los Estados implementar estrategias para
despresurizar las prisiones (Vivanco, 2020), pero en el caso mexicano las
estadísticas revelan que de enero a diciembre de 2020 la tasa de
encarcelamiento aumentó cerca de un 6% y en el caso específico de las mujeres
alcanzó el 12%.[18] La tendencia se mantuvo en 2021,
registrando un incremento del 7% de la población penitenciaria en el fuero
federal.[19] En contraste, el número de libertades
concedidas en el marco de la emergencia sanitaria es mínimo; hasta el 24 de
marzo de 2021 la organización Asistencia Legal por los Derechos Humanos AC.
(ASILEGAL) contabilizó 3.972 liberaciones, que representan el 1.84% de la
población penitenciaria existente a finales del 2020.
La ausencia de una estrategia eficaz para disminuir la población
penitenciaria y, en consecuencia, los contagios por Covid-19, se inscribe en
las políticas punitivas que consideran al encarcelamiento como la única medida
para combatir a la delincuencia y el uso indiscriminado de la prisión
preventiva (Guillén López, 2014; Holst, 2019). De hecho, para inicios del 2021
el Subsistema Penitenciario de la Ciudad de México informó que el 32% de las
personas privadas de libertad no habían recibido sentencia. Aunque la Secretaría de Gobernación
encabeza una estrategia para identificar a las personas que podrían ser
candidatas a un beneficio de preliberación, acelerar el trámite de las
solicitudes y reducir la ocupación de las prisiones, tanto a nivel federal como
estatal,[20] los mecanismos
contemplados por la Ley de Ejecución Penal no han sido implementados en su
máximo potencial. Por su parte, la Ley de Amnistía publicada el 22 de abril de
2020 prometía conceder la libertad a cerca de diez mil personas, entre presos
políticos, mujeres encarceladas en el marco de la guerra contra las drogas e
indígenas víctimas de violaciones procesales. No obstante, la Comisión de Amnistía experimentó
demoras al tramitar las 800 solicitudes recibidas a finales del 2020 y hasta
septiembre del 2021 únicamente 39 personas habían recuperado su libertad mediante
este mecanismo. Además, son pocos los Estados de la República que han aprobado
leyes aplicables a los delitos del fuero común. Por ejemplo, la Ciudad de
México no cuenta aún con una Ley de Amnistía, lo que impide que las mujeres
sancionadas en la jurisdicción local puedan acceder a la amnistía prevista a
nivel nacional.
Además de que las
altas tasas de población encarcelada propician la transmisión del virus, la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2011) ha subrayado que el
hacinamiento en las prisiones favorece los actos de violencia entre los
internos, que pueden terminar en lesiones graves y fallecimientos. La situación
se agrava cuando la población penitenciaria se enfrenta al temor y la angustia
por la presencia de una enfermedad que puede ser mortal. De acuerdo
con CONNECTAS, desde que comenzó la pandemia estos sucesos han provocado la
muerte de 91 presos en cinco países de Latinoamérica, y tres de las cuales se
registraron en prisiones mexicanas. Asimismo, de acuerdo con los datos
de ASILEGAL AC., entre abril de 2020 y el 17 de febrero de 2021 se suscitaron veinte
incidentes de violencia relacionados con las medidas sanitarias, entre los
cuales destaca el motín ocurrido el 29 octubre de 2020 en el penal de
Chiconautla, en el Estado de México (La Jornada, 2020).[21] Hasta ahora no hemos tenido noticias de algún
episodio similar en Santa Martha Acatitla, pero la amenaza se mantiene latente
ante la acumulación de la incertidumbre y la angustia entre las internas.
En gran parte el
descontento de las personas privadas de la libertad en México radica en que las
autoridades penitenciarias no les proporcionan los insumos de primera
necesidad. Aunque hemos advertido que durante la pandemia las autoridades de
Santa Martha Acatitla han procurado proveer a las internas con cubre bocas,
agua, cloro y jabón, en general el sistema penitenciario no cumple con sus
obligaciones de suministrar a las personas privadas de la libertad los
alimentos, agua potable, vestido, productos de limpieza y otros insumos de
primera necesidad.[22] En consecuencia, tanto las mujeres y los
hombres en condición de cárcel dependen de sus familias y redes de apoyo, así
como de su propia fuerza de trabajo para allegarse de los recursos que
requieren para sobrevivir (Pérez Correa, 2015). Las omisiones del Estado en su
deber de garantizar una vida digna a las personas encarceladas contribuyen
sustancialmente al empobrecimiento de sus familias (Azaola y Bergman, 2017),
cuyos efectos se agudizan en momentos de emergencia.
A los costos de la
defensa legal, el cuidado de los hijos e hijas de las personas privadas de la
libertad y la manutención de las personas encarceladas, se suman los gastos de
traslado a los centros penitenciarios, que generalmente se encuentran en
lugares aislados,[23] junto a una serie de pagos informales que se
requieren para ingresar a las prisiones. Por experiencia propia sabemos que
realizar una visita a Santa Martha Acatitla cuesta al menos $300.00 pesos
mexicanos. Desde que llegas al penal comienzas a comprar insumos para las mujeres
que visitas —tarjetas telefónicas, cigarros, tortillas, etc.—, y también
necesitas dinero para rentar ropa si la que vistes tiene alguno de los colores
no autorizados —blanco, azul, beige, negro, verde militar y similares a juicio
de las y los custodios—, para pagar el resguardo —“depósito”— de los teléfonos
celulares y otros objetos que no pueden ser introducidos al reclusorio. Una vez
que se cruzan los filtros de seguridad —“la aduana”— se le paga a una interna
para que llamen a la persona que visitas y, si tienes suficientes recursos,
también puedes pagarle a una “charolera”[24] para que te ayude a cargar las bolsas,
rentar una mesa con sillas en la sala grande, comprar alimentos y papel
higiénico para ir al baño.
Por otra parte,
aunque los ataques a la integridad física son más comunes en los reclusorios
varoniles (Giacomello, 2013), las familias o las
propias internas también realizan pagos al personal penitenciario para que les
asignen una mejor estancia, les autoricen la introducción de aparatos electrónicos
o incluso las protejan de las agresiones de otras reclusas, como advierte el
informe del Relator Especial de la Organización de las Naciones Unidas sobre la
Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en su misión a
México.[25]
Al igual que en otras
esferas de la vida pública y privada, el cuidado de las personas privadas de la
libertad y —en su caso— de sus hijos e hijas, suele recaer en las mujeres. De
acuerdo con Pérez Correa (2015), en 2013 el 75% de la visita a los
reclusorios varoniles fueron mujeres,[26] mientras que en caso de los reclusorios
femeniles representaron el 55%. Estos datos advierten que, si bien la población
penitenciaria se integra en su mayoría por hombres, el encarcelamiento tiene
efectos directos sobre la población femenina debido a los roles de género que
prevalecen en nuestras sociedades. La frecuencia y el número de las visitas que
se registran en los centros penitenciarios también está marcada por el género.
Cuando acudes al Reclusorio Preventivo Varonil Oriente en los días de visita te
encuentras con largas filas integradas por madres, esposas, abuelas, hijas y
hermanas con bolsas llenas de insumos. Por el contrario, al llegar a Santa
Martha Acatitla es claro que la visita es más escasa; las mujeres con quienes
hemos trabajado nos han compartido que no reciben visitas porque carecen de
familia o redes de apoyo; en otros casos sus familias decidieron abandonarlas
porque consideran que se hayan involucrado en la comisión de un delito, y otras
prefieren que no las visiten para evitar que incurran en gastos[27] y prefieren que esos recursos sean usados
en la manutención de sus hijos e hijas.
Más allá de los
impactos sociales y emocionales que provoca la falta de contacto con sus seres
queridos, el no contar con la añorada visita impide a las mujeres privadas de
la libertad tener acceso a productos esenciales y las obliga a comprarlos
dentro de la prisión a un costo tres veces mayor que en exterior. Como señaló
Nancy en los talleres organizados por el proyecto universitario Mujeres en
Espiral, “sobrevivir es la palabra correcta para aquellas mujeres que no
cuentan con visita, sin ningún tipo de apoyo familiar o legal; el entrar a un
mundo completamente desconocido, donde predomina la ley del más fuerte”.[28] De acuerdo con otros testimonios de las
mujeres recluidas en Santa Martha Acatitla reunidos previo a la pandemia, las
toallas sanitarias son objetos de lujo que en el mercado informal cuestan al
menos $45.00 pesos, el champú se vende a $160.00 pesos, mientras que una lata
de atún alcanza los $29.00 pesos (Colectivo Mujeres en Espiral, 2018). El
acceso a la alimentación y al agua potable es un problema particularmente grave
(Azaola y Bergman, 2017). El “rancho”, como se conoce a la comida provista por
la institución penitenciaria,[29] es un verdadero atentado contra la salud
y muchas de las internas prefieren preparar sus propios alimentos (Colectivo Mujeres
en Espiral y Colectivo Hermanas en la Sombra, 2019).
Para solventar los costos indirectos de la prisión y
considerando que las oportunidades
laborales que ofrece la institución son limitadas,[30] las mujeres privadas de la libertad
recurren a diferentes estrategias. Algunas actividades productivas rozan los
límites de la legalidad o las colocan en situaciones de riesgo, como la venta
de drogas y el ejercicio de la prostitución. Muchas otras realizan trabajos
informales con salarios precarios o dependen de sus familiares para obtener los
insumos necesarios para armar un negocio al interior de la prisión. En el
segundo volumen del fanzine LEELATU sobre trabajo penitenciario, las
integrantes de Colectivo Mujeres en Espiral (2018) —internas y académicas— documentaron
que en Santa Martha Acatitla existe una diversidad de actividades productivas
(Tabla 1):
Tabla 1. Actividades productivas en
Santa Martha Acatitla
Table 1. Productive activities in Santa
Martha Acatitla
Actividades |
Ingresos |
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Charolera |
$100 - $300 pesos 7 hrs. al día |
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Cuidadora de animales, niños/as y/o ropa |
$20 pesos 2 hrs. al día |
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Vendedora de ropa usada |
$30 pesos 3 hrs. al día |
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Hacedora de aseo y apoyos |
$90 pesos 5 hrs. al día |
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Vigilante |
$ 50 pesos 4 hrs. al día |
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Cargadora de garrafones |
$5 pesos por garrafón |
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Fuente: elaboración propia en base a Colectivo Mujeres en Espiral, 2018.
Source: own elaboration based on Colectivo Mujeres en Espiral, 2018.
Como era de
esperarse, la situación precaria en la que se encuentran la mayoría de las
mujeres encarceladas empeoró significativamente con la llegada del virus
SARS-CoV2. Si en condiciones normales los insumos de limpieza que ingresan a
las prisiones a través de la visita o de las tiendas autorizadas se venden a
tres veces su precio original, durante la pandemia los costos se han
quintuplicado.[31] Para colmo de males, las escasas visitas
se han reducido considerablemente como resultado de las medidas de seguridad
penitenciaria y la pérdida de empleos en el país.[32] Además, el trabajo penitenciario —formal
e informal— se encuentra paralizado, para evitar que las internas se reúnan,
dejándolas sin los ingresos esenciales para sobrevivir el encarcelamiento.
La suma de las
condiciones penitenciarias que hemos narrado en los párrafos anteriores y los
efectos de la pandemia provocada por el SARS-CoV2 han convertido a las
prisiones en un espacio de alto riesgo para la vida y la salud de las personas
privadas de la libertad. Hasta ahora no contamos con información certera sobre
cómo ha evolucionado la pandemia en los centros de reclusión, pero de acuerdo
con las cifras recuperadas por ASILEGAL AC.,[33] hasta el 17 de febrero de 2021 se habían
registrado 4.119 contagios —3.611 internas/os y 478 custodios/as y/o personal
penitenciario. Estos contagios provocaron la muerte de 349 personas, de las
cuales el 80% se concentra en la población carcelaria. Por supuesto, a las cifras
deben sumarse los casos que se mantienen fuera del ojo público o que bien no
han sido identificados por las autoridades penitenciarias. Además, en el 2020
la CNDH reportó un incremento del 717% en el número de quejas relacionadas con
violaciones los Derechos Humanos en los centros de reclusión, lo que alerta
sobre la existencia de situaciones que están poniendo en riesgo la vida y la
integridad de las personas privadas de la libertad.
Conclusiones: los
fines del encarcelamiento y las medidas alternativas a la prisión en contextos
de emergencia sanitaria
La
información reunida en nuestra investigación exploratoria nos lleva a concluir
que la respuesta del Estado mexicano ante de la llegada del Covid-19 a los
centros penitenciarios presenta claroscuros. Por una parte, es positivo que en
Santa Martha Acatitla no se hayan tomado medidas drásticas, como cancelar
completamente las vistas, que son el medio por el cual las personas privadas de
libertad pueden acceder a los insumos de primera necesidad y mantienen los
lazos familiares. Sin embargo, analizadas de manera conjunta, las acciones
estatales han resultado insuficientes para proteger la salud y otros derechos
fundamentales de las personas privadas de la libertad en nuestro país (CNDH, 2020);
en particular para las mujeres que se encuentran una situación de particular
vulnerabilidad. Como señaló Hilda Téllez, responsable de la tercera visitaduría
de la CNDH, “la pandemia nos hizo observar muchísimo más cómo estas situaciones
de desventaja a quienes más afecta, quienes resultan más agraviadas, [son] las
mujeres. Si las mujeres en prisión de por sí viven un abandono histórico,
social y familiar, en [el marco] de una pandemia es mayor”.[34]
Uno de los problemas
más evidentes que identificamos a lo largo de la investigación es que no
existen protocolos homologados en México para enfrentar la epidemia en el
sistema penitenciario mexicano. Básicamente, cada prisión “le hizo como pudo”.[35] A partir de los testimonios de las
internas sabemos que en el CEFERESO Santa Martha Acatitla las autoridades han
procurado proveerla con productos sanitarios y ellas mismas son responsables de
la limpieza constante de sus estancias y los espacios comunes. En cuanto a la
atención que han recibido las personas que se contagiaron con el virus, las
internas nos hicieron saber que los primeros casos de Covid-19 se reportaron a finales del mes de mayo
de 2020 y las autoridades procedieron al aislamiento de las contagiadas,
sin informar a las familias sobre su evolución médica. Durante la redacción de
este artículo nos fue imposible conocer la cifra de decesos a causa de la
pandemia, cuántas personas se han recuperado o el tipo de tratamiento que
recibieron, lo que despierta inquietudes sobre la vulnerabilidad en la que se encuentran
las mujeres contagiadas. Como advierte la Corte Interamericana, la ausencia de
mecanismos para monitorear el desempeño de las autoridades penitenciarias
incrementa los riesgos sobre la vida e integridad de las personas privadas de
la libertad.
Por otra parte, en el
curso de la investigación no se identificaron estrategias institucionales para
lograr la despresurización de las prisiones en el ámbito estatal; de hecho,
como se señaló en el cuerpo del artículo, la población penitenciaria creció durante
la pandemia, al punto que en diciembre de 2020 el 40% de los reclusorios
registraron problemas de hacinamiento (Ángel, 2020). Si bien tenemos noticias —a
través de las entrevistas telefónicas— de que en Santa Martha Acatitla se han
concedido al menos quince libertades, se trata de cifra minúscula considerando
que este reclusorio alberga a más de 1.300 mujeres y la información disponible
apunta a que las medidas adoptadas por el Subsistema Penitenciario de la Ciudad
de México para conceder libertades anticipadas no integran la perspectiva de
género.
Otro tema que ha
provocado severas críticas entre las organizaciones de Derechos Humanos en
México es que la Ley de Amnistía no ha logrado convertirse en un mecanismo
efectivo para reducir la población penitenciaria, como prometieron las
autoridades nacionales; a nivel federal la Comisión demoró ocho meses en
sesionar y casi un año después de la publicación de la ley la gran mayoría de
los Estados no cuenta con el ensamblaje normativo para aplicar el procedimiento
de amnistía en la jurisdicción local,[36] descubriendo lo poco relevantes que son
las personas privadas de la libertad en la agenda legislativa. Asimismo, los
procedimientos de libertad anticipada y suspensión condicional de la pena
contemplados en la Ley Nacional de Ejecución Penal no han sido implementados en
su total dimensión, a pesar de que la Secretaría de Gobernación impulsó la
identificación de casos potenciales con la Guía de pre liberaciones por
Covid-19, la cual se envió a los 273 centros penitenciarios existentes en
el país (Hernández, 2021). Basándonos en la experiencia previa, relacionamos la
falta de efectividad en la operación de la Ley de Ejecución durante la pandemia
con los obstáculos estructurales para acceder a una defensa adecuada.
Por supuesto, es
fundamental que las estrategias para despresurizar las cárceles se acompañen
con acciones destinadas a la protección de las personas que se quedan. Las
condiciones en las que se encuentra la población penitenciaria durante la
pandemia son particularmente preocupantes, sobre todo si tenemos en cuenta que
las visitas se han reducido considerablemente y las actividades laborales se
encuentran suspendidas, dejando a las reclusas sin acceso a productos de
primera necesidad y más aisladas que nunca. Mientras más pasa el tiempo, las
necesidades de las reclusas se profundizan y es más probable que se involucren
en actividades ilegales para obtener los recursos que requieren para comprar
alimentos, productos sanitarios, medicamentos y vestimenta.
Finalmente, al
redactar este artículo nos enfrentamos a una escasez de información oficial
sobre lo que está ocurriendo en los centros penitenciarios durante la pandemia,
particularmente en las cárceles femeninas. Desde siempre las mujeres privadas de la libertad han sido
tratadas como sujetos “invisibles” (Belknap, 2001), condenadas al olvido de la
sociedad y el Estado (Azaola, 2007)[37] pero ahora, con los canales institucionales paralizados y las visitas
restringidas, sabemos incluso menos. De esta manera,
aunque esta investigación representa tan solo una primera aproximación a la
compleja realidad que se vive en espacios como Santa Martha Acatitla durante la
pandemia, consideramos que la información reunida permite plantear la necesidad
de que las autoridades penitenciarias comiencen a generar reportes periódicos
sobre la evolución de la epidemia en los centros de reclusión, como parte de
sus obligaciones en términos de transparencia y rendición de cuentas. Acciones
como estas darán tranquilidad a las familias de las mujeres privadas de la
libertad, sin comprometer la efectividad de las medidas adoptadas para mitigar
la propagación de la epidemia.
Hasta la publicación de este artículo, la
información más actualizada sobre la situación en que se encuentra la población
penitenciaria en México y las medidas implementadas por los centros
penitenciarios federales y estatales para atender la emergencia sanitaria es el
informe de seguimiento que se incluye en Diagnóstico
Nacional de Supervisión Penitenciaria 2020, publicado
a mediados de 2021 por la CNDH. Allí destaca el reporte de personas fallecidas
y contagiadas. Sobre esto, al 4 de enero de 2021 los centros penitenciarios
estatales habían reportado un total de 2.669 casos positivos y 163 defunciones
por causa del virus, mientras que en los Centros Federales de Readaptación
Social (CEFERESOS) se registraron 318 casos positivos y 13 defunciones (CNDH,
2020).
Otro aspecto que despierta preocupación entre las
personas que trabajamos en el contexto penitenciario son los avances de la
vacunación para la población privada de la libertad. En diciembre de 2021 el
Congreso de la Ciudad de México emitió un punto de acuerdo para solicitar a las
autoridades administrativas a garantizar la vacunación contra la Covid-19 entre
las 26.192 personas privadas de la libertad en los centros penitenciarios
ubicados en la capital mexicana. En el marco de la discusión del punto de
acuerdo se planteó que, hasta el 30 de noviembre de 2021, se habían aplicado 25.509
vacunas de primera dosis y 16.187 de segunda dosis,[38]
lo que representa un avance significativo. Las inquietudes respecto al acceso a
las vacunas no disminuyen ante la necesidad de dosis de refuerzo, pero sin duda
es positivo que las y los legisladores estén atentos a la situación de
particularidad vulnerabilidad en la que viven las personas privadas de la
libertad.
Por otra parte, en el último Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria la CNDH
destaca la
importancia de establecer ajustes razonables a las medidas de seguridad en los
centros de reclusión para garantizar el acceso a las visitas a través de
llamadas telefónicas extraordinarias o la instalación de medios electrónicos
para que las personas privadas de la libertad puedan realizar video llamadas.
Durante las revisiones de este artículo también se tuvo noticia de que el
gobierno de la Ciudad de México está revisando las condiciones para permitir el
acceso a los centros penitenciarios a las organizaciones y universidades en los
primeros meses de 2022. Ante la posibilidad de ingresar a Santa Martha Acatitla
y reencontrarnos pronto con las mujeres privadas de la libertad, nos
preguntamos ¿cuál será la situación en que las encontraremos? ¿Cómo reconstruir
el vínculo interrumpido por dos años de ausencia? ¿Qué nuevas necesidades
habrán surgido en este tiempo?
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* * *
Versión original recibida: 11/04/21
Versión
final recibida: 30/04/21
Aprobado: 03/12/21
[1] Centro de Investigaciones en Estudios de Género, Ciudad de México, México, ORCID 0000-0002-2857-0692, gf.moram@gmail.com
[2] Al respecto, ONU-Mujeres señala que en México el cuidado de las personas y los hogares recae principalmente en las mujeres, quienes asumen un promedio de 39 horas semanales de este trabajo no remunerado. Desde que comenzó la pandemia esta carga laboral se ha incrementado sustancialmente debido al cierre de escuelas y guarderías, la saturación de hospitales y el cuidado de familiares enfermos en aislamiento preventivo (ONU-Mujeres, 2020).
[3] En un informe reciente se señala que “el total de llamadas relacionadas con violencia sexual, familiar y contra las mujeres, en abril de 2020, se traduce en un promedio de 143 llamadas por hora. Asimismo, los registros de marzo de 2020 representan la mayor tasa de apertura de investigaciones penales por violencia familiar desde que el delito comenzó́ a ser registrado a nivel nacional en 2015” (Equis Justicia para las Mujeres AC. et al., 2020).
[4] Entrevista informal realizada con una jueza penal de la Ciudad de México, 10 de enero de 2021.
[5] Para conocer en qué situación se encuentran las mujeres privadas de libertad en Santa Martha Acatitla, se desarrolló una encuesta que se denominó Imposible, la cual buscaba captar cómo se vive la epidemia en la prisión. Sin embargo, hasta ahora no se han alcanzado las condiciones para aplicarla sin riesgos para las integrantes del equipo y para las propias internas.
[6] La
CIDH fue de los primeros organismos regionales en pronunciarse sobre el riesgo
latente en que se encuentran las personas privadas de la libertad en el
continente americano, a través de diferentes documentos, como la Resolución 1/2020 emitida el 10 de
abril de 2020, diversos comunicados de prensa y la declaración conjunta sobre
el acceso a la justicia en el contexto de la pandemia del Covid-19 del 27 de
enero de 2021.
[7] En particular, las dependencias de la ONU se unieron para intentar fortalecer las acciones contra dicho virus en las cárceles de nuestro país por medio de los “Estándares Especiales UNAPS COVID-19. Estándares avanzados de Naciones Unidas para el sistema penitenciario mexicano”, publicado en marzo de 2020. El documento puede ser revisado en https://www.unodc.org/documents/mexicoandcentralamerica/2020/Mexico/Estandares_Especiales_UNAPS_COVID-19.pdf (consultado 06/12/2021).
[8] Pandemia y Derechos Humanos en las Américas. Resolución 1/2020, adoptada por la
CIDH el 10 de abril de 2020. Disponible en http://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/Resolucion-1-20-es.pdf (consultado 06/12/2021).
[9] Véase
la “Declaración conjunta de la UNODC, la OMS, el ONUSIDA y la ACNUDH sobre la Covid-19
en prisiones y otros centros de detención”, suscrita el 20 de mayo de 2020.
Disponible en https://www.who.int/es/news/item/13-05-2020-unodc-who-unaids-and-ohchr-joint-statement-on-covid-19-in-prisons-and-other-closed-settings
(consultado
06/12/2021).
[10] Ordenamiento publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 22 de abril de 2020.
[11] El
protocolo se presentó en el mes de marzo de 2020 por la Secretaría de Salud y
el Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI), en coordinación con la
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
[12] En
la mesa de análisis “Prisiones en crisis. Reflexiones sobre la epidemia”,
transmitida el 1 de marzo de 2021 a través de la página de Facebook de
ASILEGAL, el periodista Alejandro Mendoza señaló que los problemas para conocer
qué está ocurriendo en las prisiones durante la pandemia se deben sobre todo a
la falta de coordinación institucional entre la Secretaría de Salud, la
subsecretaría del Sistema Penitenciario y la CNDH.
[13] En parte, la invisibilidad de las mujeres en prisión radica en que la incidencia de delitos cometidos por personas del sexo femenino es significativamente menor en comparación con los hombres. En México las estadísticas nacionales, actualizadas al 2016, indican que las mujeres representaban apenas el 5% de la población penitenciaria (INEGI, 2016) —si bien la participación femenina en actos delictivos ha incrementado sustancialmente en la última década.
[14] Este principio se desprende del artículo 18, segundo párrafo, de la Constitución Mexicana, y ha sido desarrollado por la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia y los tribunales Colegiados de Circuito. Asimismo, en el ámbito internacional, diversos organismos especializados en Derechos Humanos han establecido que las personas privadas de la libertad gozan de los derechos reconocidos en los instrumentos internacionales y otros documentos específicos, como son los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de la Libertad en las Américas, las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela) y las Reglas de Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes (Reglas de Bangkok).
[15] Sobre este tema se recomienda escuchar el testimonio de Osiris en el Foro Virtual “Acercamiento a la Justicia de Mujeres en Situación de Violencia”, creado por la organización Reinserta el 10 de marzo de 2021.
[16] La falta de acceso a la menstruación digna en el entorno carcelario fue reconocida por Hilda Téllez Lino, Directora General de la Tercera Visitaduría de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en el Foro Virtual: “Acercamiento a la Justicia de Mujeres en Situación de Violencia”, organizado por la organización Reinserta el 10 de marzo de 2021. Las discusiones del foro pueden visitarse en https://www.facebook.com/REINSERTA/videos/727415101469986 (consultado 07/12/2021).
[17] El reclusorio Santa Martha Acatitla tiene espacio para 1.581 internas y para el 26 de febrero de 2021 la población penitenciaria ascendía a 1.435. Por su parte, en el mismo periodo el Centro Femenil de Readaptación Social Tepepan contaba con 146 internas, que representan el 35% de las 415 mujeres que puede albergar. En comparación, el Reclusorio Varonil Norte cuenta con una capacidad instalada para albergar a 6.092 internos, pero en la actualidad la población asciende a 7.105, que equivale a una sobrepoblación del 18.22%. El caso más preocupante es el Reclusorio Varonil Oriente, que tiene una sobrepoblación de 34.81%.
[18] Estos datos fueron planteados por
Verónica Garzón, coordinadora de incidencia de ASILEGAL AC. en la mesa de
análisis “Prisiones en crisis. Reflexiones sobre la epidemia”, transmitida el 1
de marzo de 2021 a través de la página de Facebook de la organización.
[19] La cifra corresponde a la información contenida en el Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional, actualizado al mes de abril de 2021 y publicado por la Secretaría de Seguridad Pública.
[20] Información obtenida en una entrevista informal con Paulina Téllez Martínez, titular de la Unidad de Apoyo al Sistema de Justicia de la Secretaría de Gobernación, el 25 de mayo de 2020.
[21] El reclusorio de Chiconautla es uno de los más sobrepoblados del país. Fue construido para 958 internos, pero en 2020 la población penitenciaria superaba las 3 mil personas. El motín registrado a finales de octubre del 2020 se originó por el fallecimiento de un interno y la necesidad de tener acceso a productos sanitarios, donde días antes los familiares encabezaron una protesta a las afueras del penal para exigir la liberación de los adultos mayores (Huerta, 2020).
[22] Tal escenario cambia en las prisiones federales,
donde las autoridades proveen a las y los internos con los insumos esenciales,
desde productos de higiene hasta ropa y medicamentos. No obstante, debido a las
estrictas medidas de seguridad, la comunicación entre las internas está
prohibida, permanecen muchas más horas en las celdas y sus actividades están
monitoreadas permanentemente; es más, cuando visitamos en Centro de
Readaptación Social No. 16 CPS Femenil Morelos, en 2016, notamos que las
internas tienen prohibido levantar la cabeza y mirar de frente a las custodias
cuando son trasladas en los pasillos.
[23] En base a los datos de la encuesta aplicada en 2006 por Elena Azaola (2007), en la Ciudad de México (entonces Distrito Federal) y el Estado de México el 54.5% de las personas que acudieron como visita a los centros penitenciarios hacía un trayecto de una a dos horas, mientras que el 36.5% de tres horas o más.
[24] Las “charoleras” son las internas que se encargan de transportar los insumos que llevan los familiares durante la visita, a cambio de una propina.
[25] En específico, el entonces Relator Juan Méndez señaló en el párrafo 63 de su informe que en Santa Martha Acatitla la flexibilidad en el régimen penitenciario en ocasiones “resulta en excesivo control por parte de los internos sobre los servicios, beneficios y funcionamiento de la prisión (autogobierno), provocando inequidades en el goce de derechos, corrupción y situaciones de violencia e intimidación entre los internos” (ONU, 2014).
[26] De los ocho reclusorios ubicados en la Ciudad de México, seis albergan a la población masculina y tienen una capacidad más de internos. Los reclusorios más grandes son el varonil Oriente y el varonil Norte, que en un día sábado pueden recibir alrededor de diez mil y seis mil visitantes, respectivamente (Pérez Correa, 2013).
[27] De acuerdo con Pérez Correa (2015), en 2013 las personas que acuden como visitantes a los reclusorios de la Ciudad de México y el estado de Morelos gastaban de 250 a 2.000 pesos por cada visita. Por supuesto, desde entonces los costos han aumentado.
[28] El testimonio de Nancy forma parte del
segundo volumen del fanzine LEELATU sobre trabajo penitenciario,
realizado en Santa Martha Acatitla durante el 2015, en el marco del proyecto
Mujeres en Espiral.
[29] Este y otros términos usados en el
entorno penitenciario se encuentran compilados en la obra Mundos Paralelos
Intramuros. Diccionario canero ilustrado, elaborado en 2014 por mujeres
privadas de la libertad en Atlacholoaya (Morelos) y
en Santa Martha Acatitla (Ciudad de México), con el apoyo de Mujeres en Espiral,
el Colectivo Hermanas en la Sombra y el Programa Universitario de Estudios de
Género de la UNAM.
[30] Conforme a las cifras estimadas por el Centro de Investigación y Docencia Económicas, en el 2009 únicamente una tercera parte de las personas privadas de libertad tienen acceso al trabajo penitenciario institucionalizado.
[31] Datos compartidos por el periodista Sergio Pérez Gavilán en la mesa de análisis “Prisiones en crisis. Reflexiones sobre la epidemia”, transmitida el 1 de marzo de 2021 a través de la página de Facebook de la organización ASILEGAL AC.
[32] Una de las consecuencias de la epidemia que más preocupa a la sociedad mexicana es la pérdida de las fuentes de trabajo, que conforme a los reportes de la prensa ascendió a 707.000 empleos en el primer semestre del 2020. Las más afectadas han sido las mujeres, quienes ocupan los puestos de trabajo más precarizados y deben compatibilizar las responsabilidades laborales con las labores de cuidado. Al respecto, véase https://www.eleconomista.com.mx/opinion/Covid-19-se-perdieron-707000-empleos-entre-el-18-de-marzo-y-el-28-de-abril-20200510-0078.html (consultado 06/12/2021).
[33] La organización desarrolló el “Mapa penitenciario Covid-19” para monitorear el desarrollo de la pandemia en los centros de reclusión. Las cifras pueden ser inquiridas en https://asilegal.org.mx/mapa-penitenciario-covid-19/ (consultado 07/12/2021).
[34] Foro virtual “Acercamiento a la Justicia de Mujeres en Situación de Violencia”, organizado por la organización Reinserta el 10 de marzo de 2021 y transmitido por la plataforma Facebook.
[35] Estos datos fueron planteados por el periodista Alejandro Melgoza Rocha en la mesa de análisis: “Prisiones en crisis. Reflexiones sobre la epidemia”, transmitida el 1 de marzo de 2021 a través de la página de Facebook de la organización ASILEGAL A.C.
[36] A inicios de 2021 la única entidad que contaba con una ley de amnistía local fue el Estado de México, publicada el 05 de enero de 2021 en la Gaceta del Gobierno y en febrero del mismo año fueron liberadas las primeras dos personas mediante este procedimiento (Ramírez, 2021). En el caso de la Ciudad de México, la iniciativa de Ley de Amnistía fue presentada el 19 de mayo de 2020 (Navarrete, 2020) y en el mes de junio comenzó un proceso de consulta con expertos y expertas en Derechos Humanos y sistema penitenciario. No obstante, hasta marzo de 2021 la iniciativa continuaba sin aprobarse.
[37] Si bien en México existen registros de la existencia de cárceles femeninas desde la colonia (Jiménez-Olivares, 1983), los estudios de criminología y las políticas públicas destinadas a la prevención del delito se han enfocado históricamente en los hombres (Gómez Macfarland, 2017).
[38] Los datos fueron publicados a través de la página web del Congreso de la Ciudad de México, disponible en este enlace:https://congresocdmx.gob.mx/comsoc-exhorta-congreso-local-sedesa-y-ssc-garantizar-vacunacion-centros-penitenciarios-2930-3.html (consultado 10/12/2021)